Prevención de Riesgos Laborales

El componente A&D dentro del sistema de gestión de Prevención de Riesgos.

Integramos la política de alcohol y drogas a la matriz de riesgos, al Comité Paritario y a los protocolos de respuesta ante accidentes. Trabajo coordinado con tu prevencionista y con el organismo administrador de la Ley 16.744.

A&D y Prevención de Riesgos no son dos sistemas separados.

La Ley 16.744 establece el seguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y obliga al empleador a mantener condiciones seguras de operación. El Decreto Supremo 44, vigente desde febrero de 2025, suma una exigencia específica: cada empresa debe contar con una política de alcohol y drogas documentada, difundida y operativa.

En la práctica, ambos cuerpos normativos se cruzan. Un trabajador bajo el efecto de sustancias en faena, planta u oficina representa un riesgo operacional tangible: aumenta la probabilidad de accidente, compromete a sus pares y deja a la empresa expuesta frente a la Ley 16.744 y frente a la fiscalización del DS-44.

Por eso el componente A&D no se gestiona en paralelo: se integra al sistema de gestión de Prevención de Riesgos. Eso significa incorporarlo a la matriz de riesgos, a los protocolos de respuesta y al plan anual del prevencionista interno o externo. KREN entrega los instrumentos técnicos, el respaldo legal y la capacitación para que esa integración quede funcionando.

Trabajo conjunto entre KREN y el equipo de Prevención de Riesgos de una empresa.

Tres frentes para que el componente A&D quede operativo.

No reemplazamos al prevencionista ni a la mutualidad. Sumamos un componente técnico específico, lo dejamos documentado y entrenamos al equipo interno para que lo sostenga en el tiempo.

Integración al sistema de PdR existente

Revisamos la matriz de riesgos, el reglamento interno y los procedimientos operacionales para incorporar el factor consumo de sustancias sin duplicar instrumentos ni contradecir lo ya aprobado por la mutualidad.

Protocolos de respuesta post-incidente

Dejamos redactado el protocolo de testeo por sospecha, el flujo ante accidente laboral con sospecha de consumo y el respaldo documental que la empresa necesita ante una eventual investigación.

Capacitación al Comité Paritario y mando medio

Cursos in-company a través de OTEC asociada para que el Comité Paritario, supervisores y jefaturas reconozcan señales, apliquen el protocolo y resguarden los derechos de las personas involucradas.

Tres anclajes que sostienen el componente A&D en Prevención de Riesgos.

Ley 16.744

Marco legal

Define el seguro social contra accidentes del trabajo y obliga al empleador a mantener condiciones seguras. Es la base sobre la que se monta el componente A&D.

Comité paritario

Órgano consultivo

Vigila las condiciones de higiene y seguridad y participa en la difusión de la política. Capacitarlo es condición para que el sistema funcione.

Post-incidente

Respaldo documental

Cada activación del protocolo deja registro: cadena de custodia, declaración del supervisor y derivación al organismo administrador. Sin ese rastro, no hay defensa.

Lo que el equipo de Prevención de Riesgos pregunta primero.

¿Cómo se relaciona el componente A&D con la prevención de riesgos laborales?
El consumo de alcohol o drogas es un factor de riesgo psicosocial y operacional reconocido. Integrar la política DS-44 al sistema de gestión de Prevención de Riesgos permite reducir la probabilidad de accidentes, fortalecer la matriz de riesgos y dar respaldo documental al Comité Paritario y al prevencionista interno.
¿La mutualidad cubre el componente A&D?
La Ley 16.744 cubre la atención médica y las prestaciones por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, pero la implementación de la política DS-44, los protocolos internos y la capacitación específica son responsabilidad de la empresa. KREN diseña esos instrumentos para que la mutualidad y la empresa operen de forma coordinada.
¿El comité paritario debe abordar el consumo problemático?
Sí. El Comité Paritario de Higiene y Seguridad debe identificar y vigilar todo factor que comprometa la seguridad en el trabajo, incluido el consumo de sustancias. Capacitamos al comité para que reciba reportes, levante observaciones y coordine la activación de protocolos sin exceder sus atribuciones legales.
¿Qué hago ante un accidente laboral con sospecha de consumo de sustancias?
Lo primero es resguardar a la persona y derivar al organismo administrador de la Ley 16.744. En paralelo se aplica el protocolo de testeo por sospecha definido en la política A&D, con cadena de custodia y respaldo documental. KREN deja redactado ese protocolo y entrega el registro que sustenta cualquier proceso posterior.
¿Necesito un prevencionista interno para implementar este componente?
Si la empresa supera los umbrales legales, el prevencionista es obligatorio. Para empresas más pequeñas trabajamos directamente con la jefatura, el experto externo o el asesor de la mutualidad. La política DS-44 y los protocolos quedan ajustados al tamaño y al riesgo real de la operación.
¿Sus servicios reemplazan a la mutualidad?
No. KREN complementa el trabajo del organismo administrador de la Ley 16.744. Diseñamos la política, los protocolos y la capacitación; la mutualidad mantiene su rol en prestaciones médicas, asesoría técnica y fiscalización del seguro contra accidentes del trabajo.

Revisemos tu sistema de Prevención de Riesgos.

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