Política de Alcohol y Drogas
El documento marco que da origen al reglamento interno A&D y a sus protocolos operativos.
Ver política A&DEl reglamento interno es donde la política de alcohol y drogas se vuelve exigible al trabajador. Redactamos cláusulas alineadas con el DS-44, la Ley 20.000 y el Código del Trabajo, listas para registrar ante la Dirección del Trabajo y la SEREMI de Salud.
El reglamento interno de orden, higiene y seguridad es el documento obligatorio para toda empresa con diez trabajadores o más, según el artículo 153 del Código del Trabajo. Tras la entrada en vigencia del Decreto Supremo 44, el reglamento dejó de ser un instrumento meramente administrativo: se transformó en la pieza que aterriza la política de alcohol y drogas y la convierte en una norma exigible, con sanciones y procedimientos claros.
Una política bien redactada y un reglamento desactualizado son una combinación frecuente en Chile. La política habla de protocolos de testeo, derivación clínica y conductas prohibidas; el reglamento, en cambio, mantiene cláusulas genéricas heredadas de hace una década. Cuando llega una observación de la Dirección del Trabajo o un reclamo individual, el descalce queda en evidencia y la empresa se queda sin respaldo. Por eso este documento debe leerse como un proyecto único, no como dos archivos separados.
A continuación describimos las cláusulas que un reglamento interno A&D debe contener para cumplir con el DS-44, los principios que ordenan la sanción y el debido proceso, y el flujo operativo que KREN aplica desde la redacción hasta el registro formal en la Dirección del Trabajo.
Cada cláusula responde a una exigencia normativa concreta. Si falta alguna, el reglamento se vuelve frágil ante una fiscalización o un despido cuestionado.
Aplicar el reglamento sin un procedimiento claro de descargos es la causa más frecuente de demandas por despido injustificado. KREN redacta un protocolo de debido proceso que se incorpora al reglamento interno y queda anexado al expediente del trabajador.
Hecho imputado, fecha, lugar y prueba inicial entregada por escrito. Sin notificación, cualquier sanción posterior queda anulable ante la Dirección del Trabajo.
Mínimo de cuarenta y ocho horas hábiles para que el trabajador presente sus argumentos, acompañado por un dirigente sindical o representante del comité paritario si lo solicita.
Resolución escrita que cita la cláusula del reglamento y la prueba. La gradualidad de la sanción debe quedar explícita: primera falta, reincidencia o falta grave.
Tope legal del Código del Trabajo para multas reglamentarias. Debe ir destinada a un servicio de bienestar o a la mutualidad, nunca al patrimonio empresarial.
Conductas A&D graves se enmarcan en falta grave a obligaciones contractuales o actos que pongan en riesgo la seguridad. La redacción debe replicar el lenguaje legal.
Estándar que aplican Inspección del Trabajo y juzgados laborales para considerar válido el procedimiento previo a una sanción mayor.
Un reglamento interno entra en vigor solo después de tres trámites formales. Saltarse uno de ellos invalida cláusulas completas, incluso las mejor redactadas.
Se entrega copia al comité paritario y al sindicato, si existe, con quince días de anticipación a su entrada en vigencia. Las observaciones se documentan, se respondan y se anexan.
Registro electrónico del texto aprobado en la Inspección Provincial correspondiente. Cualquier modificación posterior exige un nuevo depósito.
Cada trabajador firma una constancia de recepción que se archiva en su carpeta. Sin esa firma, las cláusulas A&D no son oponibles individualmente.
El documento marco que da origen al reglamento interno A&D y a sus protocolos operativos.
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